¿A quién atendemos?

La Defensoría del Pueblo, atiende a cualquier persona natural o jurídica, nacional o extranjera. No será impedimento la minoría de edad, la incapacidad ni el internamiento en centros penitenciarios o psiquiátricos, ni situación de dependencia o sujeción a la administración pública o a los órganos del Estado.

 

¿En qué casos la Defensoría del Pueblo no puede intervenir y qué pasa cuándo esto ocurre?

 

  • En conflictos entre particulares
  • Cuando el caso se encuentra en la esfera judicial (Ministerio Público u Organo Judicial).
  • Con empresas privadas a menos que presten un servicio público por concesión administrativa.
  • En caso de no admisión se le informará de los motivos en que se fundamenta la resolución, orientándole e indicándole otras vías, procedimientos o actuaciones que pudieran resultarle útiles.
 
Misión

Promover, proteger y defender el respeto a los derechos humanos, investigando, supervisando y denunciando actos, hechos u omisiones por parte de la Administración Pública o de concesionarios de servicios públicos.

 
Visión

Una institución autónoma e independiente, líder en la promoción, protección y defensa de los derechos humanos, vigilante de la administración pública, revestida de la jerarquía constitucional que le permita legitimar sus actuaciones frente a los poderes del Estado, con la autoridad e inmunidad que su naturaleza requiere.

 
Objetivo Estratégico

Promover una cultura ciudadana de respeto a los derechos humanos para contribuir a la consolidación de una democracia participativa.