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 Mediación

I.    ¿Cómo resolver nuestras diferencias?

Se ha reconocido que los conflictos y las desavenencias son aspectos inevitables y recurrentes en las relaciones humanas, lo que ha generado que en la sociedad de hoy exista una insensata cultura de confrontación que obstaculiza la paz y desarrollo democrático.

Pocas veces se recurre al diálogo con un nivel de efectividad que permita llegar a acuerdos, prefiriendo utilizar las amenazas, el irrespeto, las acciones de protesta (cierre de calles y huelgas), la presentación de denuncias y demandas ante los tribunales de justicia, convirtiéndose estas situaciones en objeto de denuncia.

Por momentos pareciera que se ha perdido el arte de conversar para encontrar pacíficas soluciones a los conflictos que se generan, por cualquier motivo entre los ciudadanos, o entre éstos y el Estado, por  razón de alguna insatisfacción en la prestación de un servicio público o por la violación de un derecho.

Una de las atribuciones de la Defensoría del Pueblo es la de mediar en los conflictos que se presentan entre las Instituciones del Estado y los particulares, con la finalidad de promover acuerdos que solucionen el problema. Para ello la Defensoría del Pueblo ha creado la “Unidad Especializada de Mediación” con el objetivo de alentar al diálogo y a la tolerancia como valores democráticos necesarios para construir ese Estado de bienestar y felicidad al que todo aspiramos.

II.    ¿Qué es la mediación?

La mediación es el  procedimiento por el cual las partes en conflicto deciden ser asistidas por otra persona (tercero imparcial) llamado mediador, para lograr la comprensión de las cosas que las afectan y obtener a corto plazo un acuerdo que resuelva las diferencias.

La mediación no está sujeta a las reglas que gobiernan los trámites que se realizan en los juzgados. No hace énfasis en quién tiene la razón o quién no, sino en llegar a una solución que satisfaga a las partes en conflicto. La mediación tiende a disminuir las hostilidades y a promover la cooperación.


III.    ¿Quién es el mediador?


Es la persona que asiste a las partes en conflicto, trabaja imparcialmente en la búsqueda de una solución. Su asistencia está encaminada a que el acuerdo sea satisfactorio para las partes. El mediador está obligado a actuar con prudencia, imparcialidad y confidencialidad en el manejo de la información.

IV.    Ventajas de la mediación 

  • Produce alivio  en los Tribunales
  • Sólo se realiza si las partes en conflicto lo desean.
  • Son las propias partes las que resuelven el conflicto
  • Rapidez en resolución de conflictos
  • Para ambas partes debe ser satisfactorio el acuerdo al que llegan para solucionar el conflicto
  • No hay ganadores ni perdedores
  • Aumenta la responsabilidad entre las partes
  • No produce ningún costo para las partes.


V.    Principios de la Mediación

  • Voluntariedad: Las partes en conflicto participan voluntariamente en el proceso.
  • Equidad: A cada parte se le debe dar la misma oportunidad de participación durante todas las sesiones que se realicen, sean conjuntas o privadas, es decir, que los involucrados deben tener la misma oportunidad de tiempo para exponer los hechos.
  • Neutralidad: Significa que el mediador no debe asumir posiciones a favor o en contra de alguno de los participantes.
  • Confidencialidad: La información y los asuntos discutidos en la mediación no pueden ser compartidos ni divulgados con personas que no son parte del proceso.
  • Economía: El proceso de mediación es expedito contrario a los procesos judiciales eminentemente formalistas y, por ende, los costos para las partes son más bajos, más cuando se recibe un servicio gratuito.
  • Eficacia: El acuerdo final de mediación tiene efecto para las partes, porque son conscientes de la obligatoriedad de su cumplimiento.
     
 
 
 
 
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